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El viernes 5 de abril el Consejo de Ministros ha aprobado la nueva normativa que regulará el autoconsumo fotovoltaico en España. En breve se publicará en el BOE y a partir de aquí comenzará una carrera en favor de las renovables.

 

En breve todos los  españoles podrán ahorrar en su factura energética gracias al autoconsumo fotovoltaico. Sin lugar a dudas, una gran noticia que se ha hecho esperar casi una decada... cuando el Ministerio de Industria, a través del IDAE comenzó a hablar del balance neto fotovoltaico.

"Esta nueva normativa por la que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo energético, tal y como se estipuló en el Real Decreto Ley 15/2018 que eliminaba el impuesto al sol, goza de las bendiciones del Consejo de Estado, de la CNMC, y del propio sector fotovoltaico, que recibe esta normativa con gran agrado y felicidad empresarial. El petróleo de España es el Sol, y ha llegado el momento, gracias al esfuerzo y trabajo de la ministra Teresa Ribera, de disfrutar esa energía gratuita y no contaminante. Se garantiza de este modo el acceso de la población española a una energía asequible, segura, sostenible, económica, y limpia. Hay que sumarse a la tendencia europea de descarbonizar el sector energético en el horizonte 2050.

De entre los aspectos más destacables de la nueva normativa hemos de señalar los siguientes:

- Se regulan las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo con excedentes de la energía sobrante a red, y sin excedentes.

- En el supuesto de las instalaciones fotovoltaicas sin excelentes a red, se facililtará mucho al pro-consumidor la temida burocracia administrativa no siendo precisos los permisos de acceso y conexión a red, ni los contratos de acceso, ni los peajes, ni los impuestos por la energía autoconsumida. Tan sólo habrán de pagar los peajes como cualquier consumidor de energía eléctrica.

 

- En el supuesto de las instalaciones fotovoltaicas con exceDentes a red, sí será necesaria la citada burocracia administrativa excepto si la instalación fotovoltaica es inferior a 15 kW, en cuyo caso darla de alta en el Registro de Autoconsumo de ámbito comunitario será virtual y gratuito. Se puede compensar el 100% de la energía que se vierte con la que se consume, pero no se pueden cobrar los excedentes en dinero. Por ello, es muy importante que los instaladores de energía solar redimensionen correctamente las instalaciones para no verter más de lo necesario, pues esa energía excedentaria no se va a pagar en ningún caso.

- Se permiten las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico en comunidades de propietarios, empresas, instalaciones industriales e incluso en otras ubicaciones de edificaciones cercanas cuando la radiación y la orientación solar sea mejor. Pasamos así del autoconsumo individual, a uno colectivo. 

En este segundo supuesto, el pro-consumidor de energía fotovoltaica compensará econcómicamente la energía vertida a red con la consumida. La red eléctrica actuará como un gran almacen de energía. Es decir la red eléctrica cumplirá para el proconsumidor la misma función que las baterías. Recordemos que las baterías son el componente más caro de una instalación fotovoltaica de autoconsumo, y ya no serán necesarias."